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Turismo junto a Medio Ambiente y Deportes

09/01/2024 12:09 Hs.

Turismo junto a Medio Ambiente y Deportes

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Según el Boletín Oficial del día 10 de enero se confirma que dentro de la estructura del Ministerio del Interior habrá una Secretaría que englobe a Turismo con Medio Ambiente y Deportes con tres Subsecretarías. El INPROTUR, el CFT, el Comité Interministerial de Facilitación Turística, la Marca País y las Unidades de Chapadmalal y Embalse continúan siendo responsabilidad del área de Turismo. Siguen vigentes la Ley 25.997 de Turismo Nacional y la Ley 25.599 de Turismo Estudiantil

El Decreto 2024-33 APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación. dice:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:
“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR

  • UNIDAD GABINETE DE ASESORES
    SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
    -SUBSECRETARÍA LEGAL
  • SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
    SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
  • SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
  • SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS
    SECRETARÍA DE INTERIOR
  • SUBSECRETARÍA DE INTERIOR
  • SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
    SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
  • SUBSECRETARÍA DE TURISMO
  • SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
  • SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

Queda como un organismo desconcentrado y descentralizado la Administración de Parques nacionales, el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR) y la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

En el Anexo al Decreto se establecen cuales serán las atribuciones de la Secretaría de Turismo, Medio Ambiente y Deportes:

1-Intervenir en la formulación de las políticas de turismo, ambiente y deportes en el ámbito nacional.

  1. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos vinculados al turismo, al ambiente y a los deportes, conforme las directrices que imparta el Ministro.
  2. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa inherente al ámbito de su competencia.
  3. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.
  4. Asistir al Ministerio en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.
  5. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo, como también proyectos de participación público-privada y programas de financiamiento internacional para el sector turístico, deportivo y ambiental.
  6. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.
  7. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su competencia.
  8. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público-privado, gubernamentales o no gubernamentales, en el ámbito de sus competencias.
  9. Asistir al Ministerio en lo relativo a la convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la Actividad Física y del Consejo Federal de Turismo.
  10. Asistir al Ministro en sus competencias vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).
  11. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el fomento de la ‘Marca País Argentina”, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.
  12. Gestionar los programas de turismo social y responsable dirigidos a los grupos vulnerables de la sociedad.
  13. Entender en las actividades turísticas y deportivas que se desarrollen en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.
  14. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo de la biotecnología, en el ámbito de su competencia.
  15. Promover la generación y difundir la información estadística sobre las áreas de su competencia.
  16. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, así como en el establecimiento de planes, programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y sostenible.
  17. Asistir al Ministerio en la conducción del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, como así también en el Comité Interministerial de Facilitación Turística y entender en lo relativo a la promoción turística internacional.
  18. Asistir al Ministerio en la Administración del FONDO NACIONAL DE TURISMO.
  19. Participar en las propuestas de declaración de “Fiesta Nacional” y de interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de promoción turística nacional o internacional.
  20. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros.
  21. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
  22. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su competencia.
  23. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación de los recursos naturales.
  24. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables.
  25. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental, en el ámbito de su competencia.
  26. Asistir al Ministro en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
  27. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia del Ministerio.
  28. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante emergencias naturales y catástrofes climáticas.
  29. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y programas relacionados con la mitigación y adaptación climática, vinculadas a la preservación ambiental.
  30. Asistir al Ministerio en sus funciones de autoridad de aplicación de la Ley N° 26.815 y entender en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego.
  31. Contribuir a alcanzar los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, relacionados con los temas de su competencia.
  32. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.
  33. Asistir al Ministro en su participación como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.
  34. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).
  35. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.
  36. Intervenir en la coordinación y ejecución programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

Específicamente a la Subsecretaría de Turismo le corresponderán:

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
OBJETIVOS

  1. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.
  2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el área de su competencia, conforme las directrices que imparta la Secretaría.
  3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y demás normas que regulen la actividad turística.
  4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y fiscalización de prestadores turísticos.
  5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y sus modificatorias. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados por el Ministerio, en el ámbito de su competencia.
  6. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.
  7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de las obras de infraestructura turística a nivel nacional.
  8. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.
  9. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector turístico.
  10. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público y/o privados vinculados a la actividad turística.
  11. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría.
  12. Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el área de su competencia.
  13. Promover la innovación y transformación digital en el sector turístico.
  14. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector turístico y de las políticas implementadas.
  15. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.
  16. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo, de manera responsable y sostenible.
  17. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.
  18. Coordinar y ejecutar la asignación de apoyo económico a entidades públicas y/o privadas, en el marco de sus competencias específicas en materia turística.
  19. Proponer a la Secretaría un plan plurianual de desarrollo de la “Marca País Argentina”, con criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación, conforme los objetivos de gestión y en el ámbito de su competencia.
  20. Entender en las estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social y responsable y de las Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal.
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