El gobernador vetó totalmente el proyecto, aprobado por la Legislatura hacia fines de abril, que establecía una alícuota reducida del 1,5% en Ingresos Brutos para servicios turísticos, argumentando que el beneficio ya existe por decreto hasta mayo y presenta falencias legales, frustrando una iniciativa que buscaba consolidar el empleo y el desarrollo del sector.
El gobernador Osvaldo Jaldo impuso un veto total al Proyecto de Ley sancionado por la Legislatura el pasado 24 de abril, a través del cual se estableció la alícuota reducida del 1,5% en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para los ingresos obtenidos por el desarrollo de las actividades vinculada a servicios turísticos. Según lo determinado en la Comunicación elevada el miércoles a la Cámara por el Poder Ejecutivo, tal beneficio "resulta análogo a lo dispuesto por el Decreto N° 1998/3 de 2023, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de mayo, pudiendo el mismo ser prorrogado", sostiene la nota, que además de la firma del Primer Mandatario, fue acompañado con la rúbrica del Ministro de Economía, Daniel Abad.
La norma en cuestión pretendía fomentar nuevos proyectos, emprendimientos y el fortalecimiento del empleo en una actividad considerada estratégica para la economía provincial. “Este proyecto propone transformar ese beneficio temporal en una política pública permanente”, había remarcado en la sesión de entonces el legislador Hugo Ledesma, impulsor de la iniciativa junto con Francisco Serra (presidente de la comisión de Turismo). “La actividad turística constituye una fuente trascendente de generación de empleos y tiene un elevado impacto en la economía provincial”, señalaron en los fundamentos de la propuesta.
La Ley vetada estipulaba que la alícuota diferencial se aplicaría para los contribuyentes que se encuentren inscriptos en el "Registro Provincial de Prestadores de Servicios Turísticos". Además, el beneficio estaba operativo siempre que se hubieran cumplimentado los siguientes requisitos y condiciones: las actividades deberían ejercerse en establecimientos ubicados en los denominados "Municipios o Comunas Turísticos"; cada establecimiento debería contar con tres o más empleados, registrados y declarados con las formalidades exigidas por las leyes respectivas; y quedaban excluidos los establecimientos que desarrollen su actividad mediante la modalidad de franquicia. Entre las actividades contempladas, figuraban los servicios de alojamiento en hoteles, cabañas y hosterías, agencias de viajes, alquiler de equipos turísticos, excursiones, gastronomía y parques temáticos, entre otros.
La norma también estipulaba que el Ente Autárquico Tucumán Turismo tendría a su cargo la elaboración y validación del Registro de Prestadores y el mismo debía ponerse en conocimiento de la Dirección General de Rentas (DGR) a los efectos de que se proceda a la registración de los prestadores alcanzados por el beneficio.
Al momento de fundamentar las razones por las que se opuso el veto a la Ley, el gobernador tuvo en consideración lo puntualizado por la Dirección de Asuntos Legales del Ente Tucumán Turismo, al remarcar que algunas actividades turísticas incluidas en la norma no cuentan con regulación legal; además, se añadió que se prevén actividades de manera muy general "lo que podría inferir que cualquier actividad de entretenimiento se encuentre amparada por el beneficio". En paralelo, el Ente indicó que la iniciativa establece una alícuota diferencial para contribuyentes inscriptos en el "Registro de Prestadores de Servicios Turísticos", pero resalta que el mismo es voluntario para algunas actividades "por lo que debería obligar a la inscripción".
Seguidamente, se indicó que el proyecto incluye actividades gastronómicas y el Ente advierte "que no registra ni controla la actividad gastronómica no solo por no contar con la idoneidad y competencia para ello, sino porque los restaurantes y bares en sí no son una actividad turística per se". Por último, el organismo provincial señaló que el proyecto "no incluye el beneficio a las actividades turísticas ejercidas por el mismo estado provincial o actividades que se practiquen en establecimientos de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia".
Además, el PE tuvo en cuenta para su decisión final, lo advertido por la DGR la Directora General de Rentas al sostener que el proyecto bajo análisis resulta análogo a lo dispuesto por el Decreto N° 1998/3 (ME) -2023 cuya vigencia se extiende hasta el 31 de mayo de este año y puede ser prorrogado por el Ejecutivo. Por otro lado, la DGR considera "inconveniente otorgar beneficios de carácter permanente ya que la tendencia es que estos beneficios tengan vigencia limitada en el tiempo", por lo que aconseja oponer veto al proyecto de ley.
Finalmente, la Dirección de Asistencia Legal y Técnica entendió "que existen impedimentos técnicos y legales que obstan su promulgación", por lo cual Jaldo consideró necesario oponer el veto respectivo a la iniciativa.
“Tucumán tiene un enorme potencial turístico. Contamos con más de 12.000 plazas de alojamiento registradas, una gastronomía que emplea a más de 14.000 personas y una cadena de valor donde intervienen miles de emprendedores, productores, artesanos y prestadores de servicios”, había expuesto Ledesma cuando se aprobó el proyecto que, finalmente, no verá la luz debido a la medida instrumentada por Mandatario provincial.