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Pedido de explicaciones

Diputados preocupados por el avance de un negocio privado sobre cuatro parques nacionales

27/10/2026 10:07 Hs.

Pedido de explicaciones

Diputados preocupados por el avance de un negocio privado sobre cuatro parques nacionales

27/10/2026 10:07 Hs.

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Las diputadas nacionales Ana María Ianni y Sabrina Selva presentaron un pedido de informes para que el Gobierno nacional explique los alcances y las condiciones de la iniciativa que busca desarrollar y explotar comercialmente campamentos ecoturísticos en los parques nacionales Los Glaciares, Los Alerces, Iguazú e Iberá. 

El proyecto, impulsado por la firma Huttopia Argentina S.R.L. y declarado de interés público por la Administración de Parques Nacionales, abre interrogantes sobre los riesgos ambientales, las dudas legales y la posible exclusión de prestadores turísticos locales. 

Las legisladoras cuestionan que una propuesta de esta magnitud avance sin que estén suficientemente esclarecidas cuestiones centrales vinculadas con su viabilidad ambiental, el marco legal de las concesiones, la situación de los terrenos involucrados y las condiciones que regirán la participación de otros oferentes. 

"Uno de los puntos de preocupación es la posibilidad de que el esquema de contratación termine favoreciendo a grandes corporaciones y dejando en desventaja a pequeños y medianos prestadores turísticos, empresas regionales y cooperativas" afirmaron las diputadas. 

También genera preocupación el impacto que las obras y la infraestructura proyectadas podrían tener sobre ecosistemas de enorme valor natural. La conservación de los parques nacionales no puede quedar subordinada a la rentabilidad de un emprendimiento. Cualquier iniciativa debe acreditar, antes de avanzar, su compatibilidad con la legislación vigente, los objetivos de conservación y las evaluaciones ambientales correspondientes. 

El pedido de informes pone además el foco en las observaciones formuladas por equipos técnicos de los propios parques nacionales y en la necesidad de garantizar transparencia, participación ciudadana y coordinación con las provincias involucradas.

"Los parques nacionales son patrimonio de toda la sociedad y su protección es una responsabilidad indelegable del Estado. No se puede invocar la sustentabilidad como argumento para avanzar con negocios privados sin garantías ambientales, reglas transparentes y participación de la ciudadanía", fundamenta la iniciativa. 

Con esta presentación, Ianni y Selva reclaman que el Poder Ejecutivo brinde información completa y documentada sobre una decisión que involucra bienes comunes, recursos naturales estratégicos y el futuro de territorios fundamentales para el patrimonio ambiental y turístico argentino.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN 

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación RESUELVE 

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que en virtud de lo establecido por el artículo 100 inciso 11, de la Constitución Nacional y de conformidad con el artículo 204 del Reglamento de esta Honorable Cámara, a través de los organismos con competencia primaria tenga a bien informar por escrito sobre los siguientes puntos vinculados la Resolución RESFC-2026-370-APN-D#APNAC, de la Administración de PArques Nacionales por la cual se resolvió declarar de Interés Público la Iniciativa Privada presentada por la firma HUTTOPÍA ARGENTINA S.R.L. para el desarrollo, construcción y explotación comercial de campamentos ecoturísticos (glampings) e infraestructura accesoria en los Parques Nacionales Los Glaciares, Los Alerces, Iguazú e Iberá. 

En particular se solicita tenga a bien informar de manera circunstanciada los siguientes aspectos: - - -

-Indique la etapa en la que se encuentra el trámite de referencia, fundado en los términos del Artículo 25, inciso a) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional (Decreto N.º 1030/2016) y de la Disposición N.º 62/2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones. Asimismo, remita copia certificada de las actuaciones administrativas completas, incluyendo el dictamen jurídico previo, la resolución del Directorio de la APN que declara de interés público la propuesta y el Acta de Directorio correspondiente al 25 de septiembre de 2026. 

-Precise fehacientemente qué modalidad y procedimiento de selección pública (Licitación Pública Nacional o Internacional, Concurso Público u otro mecanismo previsto en el Decreto Delegado N° 1.023/2001 y su Decreto Reglamentario N° 1.030/2016) se llevará a cabo para la adjudicación de las concesiones. 

-Especifique si se prevé efectuar una convocatoria unificada bajo un único paquete contractual ("llave en mano" o bloque indivisible para las cuatro áreas protegidas) o si se estructurarán procedimientos de licitación independientes por cada Parque Nacional. En caso de optarse por una licitación unificada, exponga los fundamentos económicos y operativos que justifiquen cómo dicha estructuración no restringe artificialmente la participación de pequeños y medianos operadores turísticos locales y regionales. - - - 

-Detalle los mecanismos normativos e institucionales implementados para asegurar que las cláusulas de solvencia económica, las tipologías constructivas denominadas "Instalaciones Ecoturísticas" y las patentes o especificaciones de los módulos no se encuentren adaptadas a la medida exclusiva de la firma iniciadora Huttopía Argentina S.R.L., vulnerando la igualdad de trato y la libre concurrencia garantizadas por el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1.023/2001. 

-Precise el fundamento jurídico que justifique la viabilidad de la infraestructura proyectada frente a las prohibiciones taxativas del Artículo 6.º de la Ley N.º 22.351. Indique si para avanzar con las obras y el otorgamiento del plazo mínimo de veintinueve (29) años de operación se prevé el dictado de un Decreto de excepción del Poder Ejecutivo Nacional y, en su caso, cómo se acreditará administrativamente que dicha concesión no importará una modificación sustancial de los ecosistemas. En relación a la situación catastral de las locaciones establecidas y en virtud de conclusiones vertidas en los Informes de la Dirección de Catastro IF-2026-85065881-APN-DCA#APNAC e IF-2026-85063538-APN DCA#APNAC, donde se dictaminó expresamente que las áreas seleccionadas en el "Camping Bajo Las Sombras" (Parque Nacional Los Glaciares) y en el "Portal Pellegrini" (Parque Nacional Iberá) se encuentran sólo parcialmente bajo dominio y jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales: - - - 

-Remita las planchetas catastrales, deslindes perimétricos, planos de mensura y coordenadas georreferenciadas que individualicen con precisión la superficie total pretendida y la fracción que no reviste titularidad dominial o jurisdicción exclusiva del Estado Nacional. Indique bajo qué instrumento o título legal el Estado Nacional pretende conceder y licitar obras de infraestructura fija o semifija sobre inmuebles cuya titularidad dominial resulta ajena, compartida o controvertida. 

-Aclare si se ha cursado notificación, consulta vinculante o pedido de anuencia a los Gobiernos Provinciales de Santa Cruz y Corrientes, respectivamente, respecto a la afectación de dichas áreas territoriales. 

- Atento a las conclusiones del informe oficial -subtítulo: análisis económico IF-2026-82880391-APN-DC#APNAC, el cual dictamina que el proyecto carece de viabilidad de negocio independiente en las unidades de Los Alerces e Iberá y que los retornos previstos escapan de los márgenes sanos del mercado, informe cuáles son los fundamentos de oportunidad, mérito y conveniencia para convalidar una propuesta calificada explícitamente por los organismos técnicos como una “política agresiva de inversiones” destinada a tomar ventajas sobre la competencia local mediante el financiamiento directo de su casa matriz extranjera. 

Seguidamente, y toda vez que la Administración de Parques Nacionales tiene por misión fundamental la conservación de la Áreas Protegidas antes que la intervención humana, se solicita tenga a bien informar respecto de las garantías del cuidado del ambiente en las áreas propuestas para este desarrollo. En particular, tenga a bien informar: - - - - 

-Fundamente cómo se compatibiliza la instalación de campamentos masivos de alojamiento, áreas de servicios, restaurantes, cafeterías y proveedurías con los mandatos de intangibilidad absoluta y conservación consagrados por los artículos 1°, 3°, 4°, 5° y concordantes de la Ley N° 22.351 de Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales. 

-Aclare la zonificación de manejo específica que ostentan los emplazamientos propuestos ("Camping ex Ñandú" en Iguazú, "Camping Quebrada del León" en Los Alerces, "Camping Bajo Las Sombras" en Los Glaciares y "Portal Pellegrini" en Iberá) según los Planes de Gestión vigentes en cada unidad de conservación, informando si la construcción de infraestructura fija o semipermanente se encuentra permitida por dichos instrumentos. 

Respecto de los informes ambientales, se solicita tenga a bien remitir el Informe suscripto por la Dirección Nacional de Conservación y aclare si la calificación de viabilidad otorgada agota el control técnico o reviste carácter meramente condicional. Informe si, previo a la publicación del pliego licitatorio definitivo, se exigirá la realización de un Estudio de Impacto Ambiental Estratégico y Acumulativo de acuerdo con el Reglamento aprobado por la Resolución RESFC-2023-639-APN D#APNAC y las prescripciones de la Ley General del Ambiente N° 25.675, que contemple la capacidad de carga hídrica, la disposición final de efluentes cloacales y el impacto sonoro y lumínico sobre la fauna nativa. - - 

-Indique de qué manera se dará cumplimiento a la instancia de Audiencia Pública y participación ciudadana obligatoria, garantizando el acceso a la información ambiental pública conforme a lo establecido en la Ley N° 25.675, la Ley N° 25.831 y el Acuerdo Regional de Escazú (Ley N° 27.566). 

Detalle minuciosamente cuáles fueron los condicionamientos, advertencias técnicas, requerimientos ecológicos y observaciones sustantivas señaladas por los equipos de guardaparques y biólogos de campo que, según la propia resolución, "deberán constituir condición previa a la aprobación del plexo normativo", y qué mecanismos concretos se contemplarán en los pliegos para darles estricto cumplimiento. 

Diputada Nacional Sabrina Selva 

Diputada Nacional Ana María Ianni
 


 

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